domingo, 19 abril, 2026
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Tribunal Constitucional advierte impedimento para candidatura de Mario Vizcarra por sentencia de peculado

La presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, señaló que Mario Vizcarra, candidato a la Presidencia de la República y al Senado por el partido Perú Primero, sí tendría impedimentos legales para participar en las Elecciones Generales 2026 debido a la sentencia por peculado que pesa en su contra.

La magistrada precisó que, si bien la condena fue consentida y ejecutoriada, el Tribunal Constitucional mantiene vigente la validez de las restricciones que impiden la postulación de personas sentenciadas por delitos de corrupción. Estas limitaciones, recordó, han sido ratificadas en anteriores pronunciamientos del máximo intérprete de la Constitución.

En entrevista con Canal N, Luz Pacheco se refirió a la postura del Jurado Nacional de Elecciones, que ha sostenido la defensa del derecho a la participación política. No obstante, aclaró que un anterior colegiado del Tribunal Constitucional determinó, por mayoría, que las personas condenadas por delitos como el peculado no pueden postular a cargos de elección popular, incluso si han sido rehabilitadas. Añadió que el criterio distinto adoptado por el TC en casos de terrorismo no es aplicable a delitos de corrupción.

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La presidenta del TC no descartó que la situación de Mario Vizcarra sea evaluada de manera particular si el caso llega a dicha instancia. Sin embargo, remarcó que existen precedentes claros en los que se estableció que los sentenciados por peculado no podían participar en procesos electorales. En ese sentido, subrayó que, cuando la constitucionalidad de una norma ya ha sido convalidada, corresponde respetar lo resuelto.

La norma a la que hace referencia el Tribunal Constitucional corresponde al acumulado de las sentencias 00015-2018-PI/TC y 00024-2018-PI/TC. Dichos fallos establecen que las personas con sentencia firme por delito doloso, entre ellos el peculado, ven suspendido su derecho de ciudadanía, lo que les impide postular a cargos públicos. Al tratarse de una decisión con calidad de cosa juzgada, su cumplimiento es obligatorio para todas las autoridades e instituciones del país.

Gabriela Campos
Gabriela Camposhttps://noticias26.pe
Comunicadora con experiencia en periodismo digital. Comprometida con la producción de información precisa, oportuna y de interés público.
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