El Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley N.° 31633, normativa que implementa y desarrolla el funcionamiento de los bancos de leche humana en el país, con el objetivo de contribuir a la seguridad alimentaria y nutricional de recién nacidos y lactantes en situación de alta vulnerabilidad.
La norma, oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 022-2025-SA y publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, busca fortalecer la atención materno-infantil y garantizar el acceso gratuito a leche humana pasteurizada de calidad para bebés de bajo peso al nacer, lactantes con condiciones clínicas especiales, así como niñas y niños en situación de abandono u orfandad materna, cuando no puedan ser alimentados con la leche de su propia madre.
De acuerdo con el reglamento, la leche humana donada proviene exclusivamente de madres aptas, de manera voluntaria y gratuita. Su distribución se realizará únicamente bajo prescripción médica, quedando prohibida cualquier forma de comercialización o uso distinto al establecido por la ley.
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La norma establece la conformación de la Red Nacional de Bancos de Leche Humana, integrada por el Banco de Leche Humana Referencial Nacional, los bancos de leche humana y los centros de recolección. Esta red articulará a los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, los gobiernos regionales, EsSalud, las sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como establecimientos privados y mixtos.
Asimismo, el reglamento asigna al Ministerio de Salud la responsabilidad de brindar asistencia técnica para el registro de la información relacionada con la donación y distribución de leche humana. También dispone la publicación mensual de datos relevantes en la Plataforma Nacional de Datos Abiertos, con fines de investigación y formulación de políticas públicas, garantizando la protección de los datos personales de las donantes.
Como parte de la implementación, se crea el Comité Nacional de Bancos de Leche Humana, presidido por un representante del Minsa, que tendrá a su cargo la elaboración y supervisión del plan de desarrollo e implementación progresiva de la red a nivel nacional.
La normativa también incorpora acciones de promoción y difusión de la donación de leche humana en todos los establecimientos de salud públicos, destacando la conmemoración del Día Nacional de la Donación de Leche Humana cada 19 de mayo, como parte de la estrategia para fomentar una cultura solidaria en favor de la salud infantil.



