El Indecopi sancionó al banco BBVA Perú con una multa superior a S/1.5 millones por realizar llamadas publicitarias sin autorización previa de los usuarios, una práctica que vulnera de manera directa los derechos del consumidor y la normativa vigente en materia de protección de datos y publicidad.
La sanción fue impuesta en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor N.° 3, luego de una investigación que analizó 1,130 llamadas comerciales efectuadas a clientes de la entidad financiera sin contar con su consentimiento expreso. Como resultado, se determinó la responsabilidad del banco por incumplir las reglas que regulan la publicidad telefónica.
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De acuerdo con la resolución, la multa asciende a 279.50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/1,537,250, y tiene como objetivo frenar este tipo de prácticas invasivas que afectan la tranquilidad y la privacidad de los ciudadanos.
Indecopi recordó que la normativa es clara: ninguna empresa puede realizar publicidad telefónica o digital si el usuario no ha autorizado previamente dicho contacto. Al incumplir esta obligación, el BBVA Perú limitó el derecho de los consumidores a decidir libremente si desean o no recibir promociones, vulnerando su privacidad y su capacidad de elección.
Las llamadas no solicitadas, conocidas como spam, se han convertido en una de las principales quejas de los usuarios ante el organismo regulador, debido a las constantes interrupciones en su vida diaria sin haber otorgado permiso alguno. Con esta sanción, Indecopi reafirma su compromiso de defender los derechos del consumidor y de promover prácticas comerciales responsables en el sistema financiero.



